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Cuba publica su nueva Ley de Inversión Extranjera que regirá a fines de junio PDF Imprimir E-mail
Escrito por Indicado en la materia   
Jueves, 17 de Abril de 2014 08:39

El Gobierno de Cuba publicó la nueva Ley de Inversión Extranjera y su correspondiente reglamento que regirá partir de finales de junio y cuya principal novedad serán los beneficios fiscales que ofrece al capital foráneo.

LA HABANA (CUBA) 16/04/14.- EFE/Alejandro Ernesto

Tras ser aprobada el pasado 29 de marzo por la Asamblea Nacional, la ley fue divulgada este miércoles en la Gaceta Oficial de Cuba y en un tabloide especial confeccionado por el diario Granma, portavoz del gobernante Partido Comunista, y disponible en los puestos de prensa y correos del país.

La publicación llega precedida de expectativas por los detalles y ventajas de esta nueva versión, que sustituye a la norma vigente desde 1995 y que busca atraer capitales foráneos como alternativa a la necesidad de desarrollo del país y el plan de reformas del Gobierno de Raúl Castro para “actualizar” su modelo socialista.

La normativa de 17 capítulos regula aspectos como los tipos de inversión, formas de contratación y plazos de autorización de los negocios, así como un nuevo régimen tributario.

En ese sentido, se incluyen ventajas como la exención a los inversionistas del pago de impuestos sobre los ingresos personales o la fuerza de trabajo, mientras que en el caso de las utilidades se rebaja en un 15 % la cuota establecida respecto a la norma anterior.

Cuba otorgará asimismo un periodo de gracia de ocho años para el pago de tributos por las utilidades.

Por otra parte se especifica que en el caso de explotación de recursos naturales, renovables o no, el impuesto podrá elevarse hasta en un cincuenta por ciento.

El reglamento, a su vez, concreta otros detalles como los mecanismos de contratación, fija disposiciones del Banco Central de Cuba para las transacciones financieras, y establece las metodologías para presentar, evaluar y aprobar posibles negocios.

En el caso de las disposiciones laborales y como ya se había adelantado en marzo, se establece que la contratación del personal cubano o extranjero residente en la isla, excepto la plantilla de los órganos de dirección y administración, se realizará mediante una entidad empleadora.

De ese modo la agencia empleadora reclutará y seleccionará a los trabajadores, convendrá sus salarios con la empresas y pagará a los empleados en pesos cubanos.

De parte del Banco Central, ha sido dispuesto que las personas naturales extranjeras que presten servicios en las empresas sujetas a la ley y no residan en Cuba “podrán a su conveniencia, remesar al exterior hasta el 66 %” de las remuneraciones que perciban.

La entrada en vigor de la ley ha quedado establecida para un plazo de 90 días tras su aprobación, por lo que se prevé que para el 27 de junio comience su aplicación sobre las solicitudes de inversión que estén en trámite en esa fecha.

Según estimados del Gobierno cubano, se necesita entre 2.000 y 2.500 millones de dólares anuales para hacer sostenible el modelo y sus reformas, pero la apertura al capital foráneo no supondrá “vender el país” o “regalarlo en pedazos”.

INFOLATAM/EFE

 

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